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7/28/2023

Firma por REPATRIACIÓN de RICARDO PALMERA PINEDA - SIMÓN TRINIDAD

 



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Ruben Suárez Director 




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          REPATRIACIÓN, LIBERTAD Y DESIGNACIÓN COMO GESTOR DE PAZ en Colombia para RICARDO PALMERA PINEDA - SIMÓN TRINIDAD

 

Nuestra América, Julio 30 de 2023


Compañero Presidente 

GUSTAVO PETRO URREGO

Colombia


Ministro de Justicia y del Derecho

NÉSTOR OSUNA

Colombia


Canciller

ÁLVARO LEYVA DURÁN

Colombia


Alto Comisionado para la Paz

Danilo Rueda

Colombia


ONU

MISIÓN DE VERIFICACIÓN DEL PROCESO DE PAZ EN COLOMBIA

Desde la CAMPAÑA SIMÓN LIBERTAD que busca la repatriación y libertad de Simón Trinidad y desde el FRENTE DE SOLIDARIDAD INTERNACIONALISTA POR LA LIBERTAD DE L*S PRES*S POLÍTICOS DE NUESTRA AMÉRICA Y EL MUNDO, nos dirigimos respetuosamente a Ustedes y al gobierno del cambio que representan, para que dentro de sus facultades consideren dar trámite diplomático, político y jurídico a la petición de REPATRIACIÓN, LIBERTAD y designación como GESTOR DE PAZ, del ciudadano colombiano JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA – Simón Trinidad, quien es además firmante de paz en Colombia.

Las personas y organizaciones que suscribimos esta petición consideramos un acto de máxima injusticia que aún hoy, después de 20 años de encarcelamiento, uno en Colombia y 19 en EE.UU., se mantenga en las peores condiciones en una prisión de máxima seguridad de los EE.UU., purgando una sentencia de 60 años por un cargo que tampoco cometió, al ciudadano colombiano JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA – Simón Trinidad, quien fue extraditado a ese país el 31 de diciembre de 2004, a petición del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, tras fabricar un caso por “narcotráfico” contra él.  Caso que en los EE.UU. fue declarado nulo.  JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA – Simón Trinidad en el momento de su secuestro en ECUADOR el 4 de enero de 2004, era un integrante de las entonces Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – FARC-EP, es decir, un rebelde y no podía por ninguna circunstancia ser extraditado a otro país por expresa prohibición de la Carta Política colombiana.

HECHOS

El 24 de noviembre de 2016, en el Teatro Colón de Bogotá se firmó el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera entre las Fuerzas Armadas revolucionarias de Colombia (FARC EP) y el Gobierno Nacional de Colombia.

A partir del reconocimiento de las FARC EP como organización política alzada en armas, se suscribió  el Acuerdo Final en el cual se establece el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (punto 5º), que incluye la reincorporación jurídica, política, económica y social de todos los excombatientes de las antiguas FARC EP y otros actores del conflicto, que contempla desde la amnistía e indulto para los delitos políticos y conexos, penas alternativas, propias y ordinarias de conformidad con el reconocimiento y verdad que se otorgue en la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP.

La libertad de los excombatientes de las FARC EP fue un punto fundamental en la negociación y la firma del Acuerdo Final, y su garantía fue establecida a través del Acto Legislativo No. 1 de 2016, la ley 1957 Estatutaria de la JEP, la ley 1820 de 2016 y otras normas que desarrollan el sistema de justicia centrado en las víctimas del conflicto armado y la reincorporación de los excombatientes a la vida civil con todos sus derechos civiles y políticos.

La libertad es inherente al reconocimiento y ejercicio de los derechos civiles y políticos, para lo cual se previó para su goce inmediato la posibilidad de que fue otorgada por los operadores de la justicia ordinaria y luego por los órganos de la JEP una vez se hallara ésta en funcionamiento. Igualmente se estableció en el Acto Legislativo No. 1 de 2016 la Garantía de No Extradición por los delitos políticos y conexos con el conflicto Armado No Internacional (CANI) cometidos antes del 1 de diciembre de 2016. 

El excombatiente JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA (SIMON TRINIDAD), quien fue secuestrado en la hermana república del Ecuador el 4 de enero de 2004, trasladado a Colombia y posteriormente el 31 de enero de 2004  fue  extraditado en el gobierno de URIBE VELEZ por el delito de “conspiración para exportar narcotráfico” (delito por el que fue absuelto en los EE.UU.), para ser luego  juzgado ilegalmente y condenado a la pena de prisión de 60 años el 28 de enero de 2008 por un juez federal de Washington D.C. por el delito de “conspiración para toma de rehenes”. Desde entonces se le mantiene prisionero en la prisión de máxima seguridad de Florence, Colorado, United States Penitentiary, Administrative Maximum Facility, conocida también como el Alcatraz de las montañas rocosas, varios años en completo aislamiento, violándole sus derechos fundamentales, el derecho a la reincorporación social y jurídica, y negándole a las víctimas y a la sociedad colombiana sus aportes a la paz y a  la verdad.

SIMÓN TRINIDAD desde su cautiverio en los Estados Unidos de América, suscribió el  16 de octubre de 2017 un documento en que  se somete  a la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP y a contribuir con su esfuerzo  la consolidación del Acuerdo Final de Paz.  La Jurisdicción Especial para la Paz ha asumido tardíamente su competencia y lo ha convocado a una audiencia virtual en el 2023, omitiendo que se halla preso arbitrariamente y que su comparecencia a través de medios virtuales viola el derecho  comparecer físicamente a la JEP, y a contribuir a la verdad y la construcción de la Paz en Colombia.

El Gobierno Nacional y la Jurisdicción Especial para la Paz deben realizar todos los esfuerzos y gestiones necesarias para restablecer la libertad y los derechos políticos y sociales del excombatiente de las FARC EP,  JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA, y su repatriación expedita al país de origen al cual tiene pleno derecho de conformidad con el derecho internacional y las normas nacional, especialmente La Constitución Nacional y el Acuerdo Final de Paz. El protocolo de repatriación con los EE.UU. es de la competencia del Ministerio de Justicia a través de su departamento internacional.

JUVENAL OVIDIO RICARDO PALMERA PINEDA jamás cometió delito alguno en territorio norteamericano, por lo que su extradición violó flagrantemente el artículo 35 de la  Constitución Colombiana, y su juzgamiento en los EE.UU. violó el derecho internacional, y se sigue violando, pues una vez terminado un conflicto armado deben ser puestos en libertad todos los prisioneros de guerra. 

Por ello los demócratas colombianos comprometidos con la paz suscrita en el Teatro Colón y la paz total en Colombia clamamos que se le restablezca inmediatamente EL DERECHO A LA LIBERTAD, y su derecho a vivir en su país en paz, con la cual se halla comprometido. 

Para facilitar tal propósito solicitamos al Gobierno Nacional:

1.       Que se tramite lo más pronto posible la REPATRIACIÓN de JUVENAL OVIDIO PALMERA PINEDA – SIMÓN TRINIDAD a Colombia.

2.      Que se le designe GESTOR DE PAZ en Colombia para que pueda contribuir a la construcción de escenarios de paz en nuestro país, en concordancia con la Ley 2272 de 2022 y la política de “Paz Total” del Gobierno de Gustavo Petro.

3.      Que se restablezca inmediatamente su libertad en Colombia y pueda ejercer sus funciones como Gestor de Paz y como firmante del Acuerdo de la Habana, pueda cumplir su deber de comparecer ante la JEP.

Las y los ciudadanos que movidos por profundos sentimientos de justicia y solidaridad de Colombia, al igual que en la Patria Grande, en Nuestra América y el mundo, esperamos con mucha expectativa su intervención plena en esta petición humanitaria, y sea así una contribución a la ‘Paz Total’ con democracia y justicia social en éste, el gobierno del cambio.

Atentamente,


CAMPAÑA SIMÓN LIBERTAD 

contactosimonlibertad@gmail.com

FRENTE DE SOLIDARIDAD INTERNACIONALISTA POR LA LIBERTAD DE L*S PRES*S POLÍTICOS DE NUESTRA AMÉRICA Y EL MUNDO

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¿DÓNDE ESTÁ PARADO EL VATICANO? Pedro Pierre ¡Oh sorpresa! El Vaticano, más exactamente el Dicasterio para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, prohíbe a las y los laicos comentar la palabra de Dios durante las celebraciones de la Eucaristía. Eso es la respuesta que dio el Dicasterio de la liturgia en el Vaticano a los obispos alemanes que solicitaban mayor participación de las y los laicos en las celebraciones eucarísticas. Esta negativa sorprendió no solamente a los obispos alemanes sino también a muchos católicos por todas partes. Aparece como una contradicción con la apertura que el Concilio Vaticano 2° había demostrado al insistir sobre la promoción de todos los bautizados para que sean más activos tanto en la responsabilidad de ‘evangelizar’ o sea transmitir la Buena Nueva de Jesús de Nazaret como de participar activamente en la celebración de los sacramentos. La prohibición del Vaticano contradice la propuesta de sinodalidad por la que tanto insistió el papa Francisco, afín de combatir el clericalismo de los sacerdotes y obispos. En su discurso durante la 18ª Congregación General del Sínodo de la Sinodalidad (25 de octubre de 2016) mencionó que “el clericalismo es el cáncer de la Iglesia”. Lo criticó como “una forma de mundanidad que ensucia y daña al pueblo fiel de Dios”. De hecho, se definió la sinodalidad como la puesta en marcha en la Iglesia católica de la igualdad de todos los bautizados y su igual participación en las actividades y decisiones que se tomen en las parroquias, las diócesis y la Iglesia toda. Esta tajante afirmación del Vaticano se opone también a lo que afirmó la Asamblea Eclesial, o sea laicas y laicos, sacerdotes y obispos latinoamericanos reunidos en México en 2021: “Las Comunidades Eclesiales de Base (CEB) son un ejemplo concreto de Iglesia sinodal”… En miles de parroquias de América Latina, decenas de miles de laicas y laicos son los responsables de la evangelización y celebración de los sacramentos en lugares donde los sacerdotes no llegan o llegan una vez al año. El mismo papa Francisco consideró que el Documento final de esta Asamblea Eclesial de México era “un laboratorio de la sinodalidad”. En estos mismos días, el papa León 14 se está reuniendo con los cardenales “pidiéndoles su apoyo” para la gobernanza de toda la Iglesia. Casualmente el cardenal Nicolás López Rodríguez de República Dominicana afirma: "Necesitamos regresar al primer siglo de la Iglesia, no a las tradiciones de hace uno, dos o tres siglos". En la misma línea, los cardenales Jean‑Paul Vesco, arzobispo de Argel, y Giorgio Marengo, prefecto apostólico de Ulán Bator en Mongolia, describen una misión entendida no como activismo, sino como una presencia humilde, relacional y llena de esperanza, llamada a anunciar el Evangelio en el corazón de sociedades que no han sido modeladas por el cristianismo. Por otra parte, resulta significativo que los Evangelios nunca presenten a Jesús como sacerdote. Lo llaman profeta, maestro, mesías, hijo del hombre, enviado de Dios, pero jamás sacerdote. La categoría sacerdotal aparecerá posteriormente en la Carta a los Hebreos, precisamente para explicar la originalidad absoluta de su misión: en Cristo se produjo un verdadero "cambio del sacerdocio". Jesús no pertenecía a la tradición sacerdotal de Aarón. No ejerció su misión desde el templo. No formaba parte de la casta sacerdotal. No se separó del pueblo para representar lo sagrado. Al contrario, su sacerdocio consistió precisamente en romper esa lógica religiosa. Mientras el sacerdocio del Antiguo Testamento se definía por la separación, Jesús se definió por la identificación y la cercanñia con los hombres y mujeres de su tiempo. Mientras el sacerdote tradicional ascendía hacia Dios desde el ámbito de lo sagrado, Jesús representó a un Dios que desciende hacia la humanidad y especialmente hacia los y las pobres, las personas excluidas y sufrientes. Su sacerdocio nació no de la distancia sino de la cercanía, no del privilegio sino de la solidaridad, no del poder sino del servicio, no del templo sino de la vida. Y alcanzó su culminación no en un santuario sagrado sino en una cruz levantada fuera de la ciudad, en el lugar de las personas marginadas. El sacerdocio de Jesús constituye una crítica permanente a toda forma de sacerdocio que tienda a separarse del pueblo, a elevarse sobre él o a monopolizar la mediación religiosa. El sacerdocio de Jesús fue el sacerdocio laico de la compasión, como él de todos los bautizados de hoy. Por estas y otras razones, las críticas en los medios de comunicación no se hicieron esperar: “El Dicasterio para la liturgia ha vuelto a cerrar la puerta que el Concilio Vaticano II entreabrió hace más de sesenta años¿ - El púlpito prohibido: Roma cierra la boca a los laicos en misa - La homilía prohibida: ¿la iglesia vuelve a elegir la cristiandad? - ¿Por qué Roma no prohíbe de paso predicar a muchos curas? - Los católicos alemanes se rebelan ante el 'No' del Vaticano a la predicación de los laicos en las misas - La iglesia que calla al pueblo: cuando el púlpito se convierte en frontera - ¿Qué sacerdocio quiere representar hoy la Iglesia? …” Recordemos el “sentido de fe” del Pueblo de los bautizados que es norma de fe, el famoso “sensus fidei” de la tradición de la Iglesia católica. Según lo repitió el papa Franciso: “Este discernimiento sobrenatural es suscitado y sostenido por el Espíritu de la verdad, lo que permite a los cristianos reconocer y seguir la acción de la gracia de Cristo en su vida diaria”. A pesar de los pesares, sigamos construyendo el sueño del papa Juan 23 retomado por el papa Francisco: “La Iglesia es de todos, pero más especialmente es la Iglesia de los pobres”. Confirmémonos en la opción por los pobres tal como lo dijeron los obispos latinoamericanos en su reunión de Puebla (México, 1979): Los invitamos a “aceptar y asumir la causa de los pobres como si fuera su propia causa, la causa de Cristo”. Trabajemos para que seamos lo que nos encomendaron el día de nuestro bautismo: “Eres profeta, sacerdotes y rey-pastor”.

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