Secretaria de S.E. Embajadora de Palestina
Embajada de Palestina en Uruguay
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y EXPATRIADOS
ESTADO DE PALESTINA
Comunicado oficial
Traducción no oficial
15 de julio de 2023 - El Estado de Palestina acoge con satisfacción la adopción por parte del Consejo de Derechos Humanos de la resolución 31/36 sobre la base de datos de empresas que operan en o para los asentamientos israelíes en el Estado de Palestina.
La votación de hoy es una victoria para la justicia corporativa y el derecho internacional. Es un paso necesario hacia la rendición de cuentas por complicidad empresarial en crímenes de guerra.
El voto abrumador es una afirmación de un compromiso internacional con la Carta, los principios y los propósitos de la ONU, incluida la prohibición de la adquisición de territorio por la fuerza. Es también una afirmación de un rechazo absoluto a los crímenes de guerra de Israel en su construcción, expansión y mantenimiento de asentamientos coloniales, así como a la anexión y agresión que continúa Israel.
El Estado de Palestina espera que el Secretario General asigne los recursos financieros y humanos necesarios para garantizar la implementación total de la resolución, incluidas las actualizaciones anuales de la base de datos.
Todas las empresas involucradas en los crímenes de guerra de Israel deben cumplir de inmediato, sin demoras ni excusas, con sus obligaciones internacionales y cesar su participación en la empresa colonial de Israel. El Estado de Palestina continuará tomando todas las medidas diplomáticas, legales y políticas para responsabilizar a las empresas involucradas en los crímenes de Israel.
Costa Rica 1538 esq. Carlos F. Sáez, Montevideo – Uruguay / E-mail: embajadapalestinaenuruguay@gmail.com / Teléfono: (+598) 2605 5405
COLABORA CON RED CONTACTO SUR
Si deseas sigamos llevando la voz del mundo te agradecemos, puedas colaborar con este medio alternativo como es RedContactoSur COLABORA Tu aporte es fundamental
https://www.paypal.com/donate/?hosted_button_id=JVW8GUBBN4KAA
No hay comentarios:
Publicar un comentario