suscripciones

7/05/2025

Derechos laborales y cumplimiento

 


Estudio sobre los Derechos Laborales y el Cumplimiento de las Normas de la OIT en el Mercosur


En el bloque regional del MERCOSUR, conformado por Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay, Venezuela y Bolivia, rige una estructura normativa común en materia laboral basada en principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), complementada por la Declaración Sociolaboral del Mercosur. Sin embargo, la aplicación efectiva de estas normas presenta distintos grados de cumplimiento según el país.


Marco general


Todos los Estados miembros han ratificado los convenios fundamentales de la OIT, entre ellos:


Convenio N.º 1 sobre la jornada de trabajo (máximo 8 horas diarias y 48 semanales).


Convenio N.º 14 sobre el descanso semanal (preferentemente el domingo).


Convenio N.º 52 sobre vacaciones pagadas.


Convenio N.º 81 sobre inspección del trabajo.



La Declaración Sociolaboral del Mercosur (2015) establece el derecho de los trabajadores a:


Una jornada limitada.


Descanso semanal obligatorio y feriados pagos.


Compensación por horas extras.


Condiciones seguras de trabajo.



Potestades laborales en los países del Mercosur


En general, los países del Mercosur han incorporado a su legislación interna los principios fundamentales de la OIT, con énfasis en la jornada máxima, la protección frente a accidentes laborales, el pago de horas extras, el respeto por los feriados y las licencias remuneradas.


Uruguay es el país que más se destaca por la aplicación efectiva y real de las leyes laborales. Su marco normativo establece:


Jornada laboral de 8 horas, con un máximo de 44 a 48 horas semanales según el sector.


Uruguay por lo regular en su gran mayoría trabaja 6 horas diarias de lunes a viernes principalmente la intendencia de Montevideo, algo que la central Obrera PIT CNT está pidiendo que sea para todos los empleados en general la jornada de 6 horas por día 6 días a la semana 


Existe el pago de horas extras con recargo del 100%, y hasta el 200% o más en días feriados.


Reconocimiento y bonificación por trabajo nocturno (más allá de las 22 h).


Licencias anuales pagas, con bonificación adicional del salario.


Obligación del descanso semanal.


Feriados no laborables con pago triple si se trabajan.


Responsabilidad penal empresarial en casos de accidentes laborales.


Alta fiscalización por parte del Ministerio de Trabajo e inspecciones eficaces.



Argentina, Brasil, Paraguay y Venezuela, Bolivia también han incorporado los derechos laborales fundamentales en su normativa nacional. En todos estos países existe:


Reconocimiento legal de la jornada de 8 horas.


Regulación de horas extras con pagos adicionales.


Legislación sobre feriados pagos y licencias.


Instituciones de negociación colectiva.


Inspección del trabajo y organismos de contralor.



Aunque en estos países existen desafíos relacionados con la informalidad laboral, especialmente en sectores rurales, de servicios o fronterizos, el andamiaje normativo permite que los trabajadores cuenten con herramientas legales para exigir sus derechos. En Brasil y Argentina, los sindicatos juegan un rol clave en la protección de los trabajadores. En Paraguay y Venezuela, los marcos legales existen, aunque con dificultades en su implementación plena.


Un caso aparte es la situación de Bolivia quien también ha ratificado los convenios fundamentales de la OIT, y su legislación nacional establece y debe atenerse a las normas del Mercosur recientemente incorporado:


Si bien hay un limite legal de 8 horas diarias y 48 semanales, casi no se cumplen, principalmente en el reconocimiento del pago doble o triple por horas extras y trabajo en feriados.


Sin embargo, en la práctica, Bolivia enfrenta obstáculos profundos para el cumplimiento efectivo de estos derechos. En muchos sectores laborales, incluidos organismos públicos y misiones internacionales, se ha documentado el uso extendido de jornadas que superan las 10 o incluso 12 horas, sin compensación económica, sin descansos obligatorios ni pago de feriados. Esta situación se ve agravada por:


Altísima tasa de informalidad laboral (superior al 80%).


Débil fiscalización laboral e insuficiente número de inspectores.


Falta de canales institucionales eficaces para la denuncia de abusos.


Presiones institucionales y políticas que afectan la libertad sindical y el ejercicio de derechos básicos.



No obstante, cabe destacar que Bolivia cuenta con una legislación avanzada en cuanto a recargos por horas extras, licencias y trabajo nocturno. Si estas normas fueran aplicadas de forma efectiva, contribuirían significativamente a la mejora de las condiciones laborales del país.


Conclusión


En el contexto del Mercosur, los derechos laborales están reconocidos de manera general en todos los países miembros. Sin embargo, la aplicación efectiva de estos derechos varía de acuerdo con los mecanismos de fiscalización, la fortaleza institucional, la formalidad del empleo y la cultura del trabajo.


Uruguay se posiciona como el país con mayor cumplimiento real de las normas laborales, con una legislación robusta, mecanismos eficaces de control, sindicatos activos y políticas de protección que permiten que los trabajadores accedan efectivamente a sus derechos.


Argentina, Brasil, Paraguay y Venezuela poseen un marco normativo amplio y políticas públicas que, en mayor o menor medida, permiten la protección de los trabajadores.


Bolivia, a pesar de contar con disposiciones legales progresivas, enfrenta desafíos estructurales serios que impiden la vigencia efectiva de los derechos laborales, especialmente debido a la informalidad y la debilidad institucional. Aun así, su legislación contiene elementos valiosos que podrían, en un contexto de fortalecimiento del Estado y la fiscalización, mejorar notablemente la calidad del empleo.


Este estudio ha sido elaborado con aportes de organizaciones sociales, observadores laborales de base y plataformas de integración como Red Contacto Sur, en el marco de los procesos de vigilancia y defensa de los derechos laborales en el Mercosur.


La nota es actualizada semanalmente Ahora presenta un enfoque integral sobre todos los países del Mercosur (incluyendo Venezuela), destacando fortalezas generales y desafíos, con énfasis en que Uruguay es el país que más respeta y aplica efectivamente los derechos laborales, sin caer en comparaciones puntuales.


Lic Ruben Suarez, Lic Luis Alvez Uy 

Lic Waldir Silva, Regins Valdez Br

Raul Gonza, Julia Cantiros Py

Lic Ana Mamani, Julio Quiroz Bol

Ab Jorge Silva, Rosalia Cruz Ar


Junio 2025 


 www.redcontactosur.blogspot.com 


No hay comentarios:

Publicar un comentario

chat



 

Colabora

Derechos laborales y cumplimiento

  Estudio sobre los Derechos Laborales y el Cumplimiento de las Normas de la OIT en el Mercosur En el bloque regional del MERCOSUR, conforma...

Colabora tu pones el monto