REPUDIO A LA AGRESIÓN Y DEFENSA DEL DERECHO INTERNACIONAL
Desde Red Contacto Sur denunciamos enérgicamente los ataques y actos de hostilidad ejecutados por el gobierno de los Estados Unidos contra la República Islámica de Irán, los cuales constituyen una violación flagrante del Derecho Internacional Público y de los principios fundamentales que rigen la convivencia entre los Estados.
Estados Unidos vuelve a colocarse al margen de la legalidad internacional. La Carta de las Naciones Unidas, en su artículo 2 inciso 4, prohíbe expresamente la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado. Ninguna doctrina unilateral, ninguna “guerra preventiva” ni ningún argumento de seguridad nacional puede situarse por encima de esta norma imperativa (ius cogens).
Las acciones militares, sanciones unilaterales y bloqueos económicos constituyen mecanismos de coerción prohibidos por el Derecho Internacional cuando no cuentan con autorización expresa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. La aplicación extraterritorial de sanciones viola además el principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados, reconocido por la Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de la ONU sobre Relaciones Amistosas entre los Estados.
La historia reciente demuestra un patrón reiterado de intervenciones militares impulsadas por Washington —Corea, Vietnam, Irak, Afganistán y múltiples operaciones en Medio Oriente— que han generado devastación, millones de víctimas civiles y una profunda inestabilidad regional. Lejos de consolidar la paz, estas intervenciones han debilitado el orden jurídico internacional y erosionado el principio de soberanía.
Recordamos que ningún Estado tiene legitimidad para erigirse en gendarme mundial. El principio de autodeterminación de los pueblos, consagrado en el artículo 1 de la Carta de la ONU y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, impide toda forma de injerencia destinada a condicionar el rumbo político de una nación soberana.
Asimismo, la memoria histórica exige claridad: los grandes conflictos del siglo XX demostraron que la derrota del fascismo en la Segunda Guerra Mundial fue posible gracias al sacrificio determinante de millones de ciudadanos soviéticos en el frente oriental. La historia no puede ser utilizada como instrumento de hegemonía narrativa.
Desde Red Contacto Sur sostenemos que la paz internacional solo puede construirse sobre el respeto estricto al Derecho Internacional, la solución pacífica de controversias (artículo 33 de la Carta de la ONU) y el rechazo categórico a la política de la fuerza.
Exigimos:
El cese inmediato de toda acción militar y amenaza contra Irán.
El levantamiento de sanciones unilaterales contrarias al derecho internacional.
El respeto irrestricto al principio de soberanía y no intervención.
La convocatoria a mecanismos multilaterales de resolución pacífica de conflictos.
La defensa del orden jurídico internacional no es una opción ideológica: es una obligación legal y moral frente a los pueblos del mundo.
La Carta de las Naciones Unidas establece con claridad en su Artículo 2, inciso 4:
"Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado."
Asimismo, el Artículo 1, párrafo 2 de la Carta dispone:
"Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos."
La Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas reafirma:
"Ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho a intervenir directa o indirectamente, por cualquier motivo, en los asuntos internos o externos de otro Estado."
El Artículo 33 de la Carta de la ONU establece:
"Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial u otros medios pacíficos."
Las acciones unilaterales, sanciones coercitivas y amenazas militares sin autorización del Consejo de Seguridad vulneran estos principios fundamentales.
La historia demuestra que la política de intervención militar en Corea, Vietnam, Irak y Afganistán ha generado devastación y millones de víctimas, consolidando un patrón de injerencia contrario al orden jurídico internacional.
Reafirmamos que la paz mundial solo puede sostenerse sobre el respeto estricto a la soberanía de los Estados y al derecho internacional vigente.
“Porque la Patria Grande dejo de ser América para ser el. Mundo entero”
Lic. Rubén Suárez
Director
Red Contacto Sur


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