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2/16/2026

.ESTUDIO POLÍTICO Y JURÍDICO SOBRE LAS LEYES LABORALES

1.ESTUDIO POLÍTICO Y JURÍDICO SOBRE LAS LEYES LABORALES




La jornada de 8 horas, los convenios internacionales y la protección obrera frente al capital

1. Introducción política

La legislación laboral es el resultado de luchas históricas del movimiento obrero internacional contra la explotación del trabajo humano. La jornada de 8 horas representa una de las conquistas más profundas de la clase trabajadora, estableciendo un límite social y humano al poder del capital. El trabajador no es una mercancía y su tiempo, su cuerpo y su salud deben ser protegidos por el Estado frente al empleador, sea público o privado.

2. Origen histórico de la jornada de 8 horas

La reducción de la jornada surge como respuesta a las condiciones inhumanas del capitalismo industrial del siglo XIX. Las huelgas de 1886 en Chicago marcaron un punto de inflexión histórico. En 1915 Uruguay consagró legalmente la jornada de 8 horas. En 1919 se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT), consolidando el derecho laboral internacional.

3. Convenio N.º 1 de la OIT (1919)

Establece la jornada máxima de 8 horas diarias y 48 horas semanales en la industria. Es el primer convenio internacional del trabajo y coloca la salud y dignidad humana por encima de la rentabilidad empresarial.

4. Otros convenios relevantes

Convenio 30 (Comercio y Oficinas), Convenio 81 (Inspección del Trabajo), Convenio 87 (Libertad Sindical) y Convenio 98 (Negociación Colectiva) integran el bloque normativo internacional que protege a la clase trabajadora.

5. Obligaciones jurídicas

La ratificación de un convenio de la OIT convierte sus disposiciones en obligaciones internacionales vinculantes. El Estado es responsable de su cumplimiento tanto en el sector público como privado.

6. Consecuencias por incumplimiento

La OIT supervisa mediante comités de expertos e informes públicos. El incumplimiento puede generar presión internacional, afectar acuerdos comerciales y dañar la reputación del Estado infractor.

7. Uruguay como ejemplo

Uruguay fue pionero con la Ley N.º 5.350 (1915) estableciendo la jornada de 8 horas. La Ley N.º 19.196 de Responsabilidad Penal Empresarial sanciona penalmente al empleador que ponga en riesgo la vida del trabajador.

8. La reducción de la jornada como patrimonio histórico

La lucha por reducir la jornada laboral es patrimonio de toda la clase obrera. El PIT-CNT, única central sindical del Uruguay, impulsa actualmente la reducción a 6 horas como horizonte estratégico. La Intendencia de Montevideo ya aplica regímenes de 6 horas en sectores del funcionariado público, demostrando su viabilidad.

9. Conclusión política

Cada derecho laboral fue conquistado mediante organización y unidad. La reducción de la jornada no es una amenaza para la sociedad, sino para la concentración de la ganancia. Sin protección obrera no hay democracia real ni justicia social.


Lic Ruben Suarez 

+59896901566






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