ARGENTINA 2026
OFENSIVA DEL CAPITAL Y DISCIPLINAMIENTO DEL PROLETARIADO
Una lectura de la contrarreforma laboral en la periferia dependiente
Lic. Rubén Suárez
Director – Red Contacto Sur
27 de febrero de 2026
I. Introducción: la reforma como expresión de la lucha de clases
La reforma laboral aprobada en Argentina en 2026 no constituye un ajuste técnico ni una mera actualización normativa. Es la expresión concreta de la lucha de clases en un momento de reconfiguración del capitalismo periférico.
Karl Marx sostuvo que el capital no es una cosa, sino una relación social de producción basada en la apropiación privada de la plusvalía generada por el proletariado. La ley laboral no es neutral: es la forma jurídica que organiza esa relación.
Cuando se amplían los períodos de prueba, se flexibiliza la jornada, se debilita la estabilidad y se individualiza la negociación, lo que se modifica es el equilibrio histórico entre capital y proletariado.
La reforma apunta a incrementar la tasa de explotación.
Mayor disponibilidad del tiempo del proletariado implica mayor plusvalía absoluta.
Menor costo laboral implica mayor plusvalía relativa.
No es modernización.
Es restauración del poder del capital.
II. El Estado y su carácter de clase
Lenin afirmó que el Estado es una máquina de dominación de una clase sobre otra. En este contexto, el Estado argentino actúa reorganizando el marco normativo en favor del capital concentrado.
La represión de movilizaciones proletarias durante el tratamiento legislativo evidenció el carácter coercitivo del aparato estatal. Cuando el consenso ideológico es insuficiente, emerge la coerción.
La democracia formal puede subsistir mientras se vacía de contenido social. El parlamentarismo no elimina la dominación estructural.
La reforma laboral se inserta en una lógica de disciplinamiento interno acorde con las necesidades del capital financiero internacional.
III. Acumulación, crisis y reorganización jurídica
Nikitin explicó que el capitalismo atraviesa crisis periódicas debido a sus contradicciones internas. Cuando la rentabilidad se comprime, el capital responde intensificando la explotación y reestructurando las condiciones laborales.
La reforma argentina se inscribe en esa dinámica.
No es un fenómeno aislado ni exclusivamente ideológico. Es una respuesta estructural del capital ante un contexto de crisis y competencia global.
El proletariado paga el costo de la restauración de la rentabilidad.
IV. Hegemonía y fragmentación
Antonio Gramsci sostuvo que la dominación capitalista combina coerción y hegemonía cultural.
La reforma es presentada como libertad contractual y eficiencia. Se instala la idea de que la protección laboral es privilegio y que la estabilidad es rigidez.
La individualización contractual fragmenta al proletariado y debilita su conciencia colectiva.
Sin conciencia de clase, el proletariado se transforma en fuerza laboral atomizada.
V. Dependencia y cuestión nacional
Rodney Arismendi desarrolló que en América Latina la lucha de clases está vinculada a la cuestión nacional.
Un país dependiente necesita disciplinamiento interno para garantizar competitividad basada en salarios bajos.
La reforma laboral profundiza la inserción subordinada de Argentina en la división internacional del trabajo.
Sin fortalecimiento del proletariado organizado no hay soberanía real.
VI. Constitucionalismo social y retroceso histórico
El artículo 14 bis de la Constitución Argentina consagra jornada limitada, descanso, vacaciones pagas, protección contra el despido arbitrario y organización sindical.
Estas conquistas fueron producto de luchas históricas del proletariado.
La reforma no elimina formalmente estos principios, pero los debilita materialmente.
Se tensionan compromisos asumidos por Argentina en convenios fundamentales de la OIT sobre:
Jornada máxima.
Descanso semanal.
Libertad sindical.
Negociación colectiva.
Protección frente al despido injustificado.
El principio de progresividad en derechos sociales impide retrocesos deliberados.
Aquí el retroceso es estructural.
VII. Jornada laboral y restauración de subordinación
La limitación de la jornada a ocho horas fue una conquista histórica arrancada al capital tras prolongadas luchas.
Relativizar ese límite mediante ampliaciones indirectas, mayor discrecionalidad patronal o flexibilización horaria implica debilitar un hito civilizatorio.
Si el descanso, la licencia y la estabilidad dependen crecientemente de la voluntad empresarial, se produce una intensificación de la subordinación estructural del proletariado.
No se trata de esclavitud formal.
Se trata de profundización de dependencia económica.
VIII. Perspectiva histórica y estratégica
La Argentina de 2026 enfrenta una encrucijada histórica.
Puede consolidar un modelo neoliberal de proletariado fragmentado y precarizado.
O puede reconstruir organización, conciencia y proyecto colectivo.
Lenin sostuvo que la conciencia política no surge espontáneamente: requiere organización.
Gramsci explicó que la hegemonía alternativa debe construirse.
Arismendi subrayó la necesidad de unidad popular en América Latina.
El capital avanza cuando el proletariado se dispersa.
Retrocede cuando enfrenta organización consciente.
La lucha de clases continúa.
La historia no está cerrada.
ANEXO I – MARCO JURÍDICO
Constitución Nacional
Art. 14 bis
Art. 75 inc. 22
Art. 75 inc. 23
Art. 28
Convenios OIT ratificados
C87 – Libertad sindical
C98 – Negociación colectiva
C1 y C30 – Jornada laboral
C14 y C106 – Descanso semanal
C132 – Vacaciones pagadas
C158 – Protección contra despido injustificado
C155 – Seguridad y salud laboral
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Marx, Karl. El Capital, Tomo I.
Lenin, V. I. El Estado y la Revolución.
Lenin, V. I. El imperialismo, fase superior del capitalismo.
Nikitin, P. Economía Política.
Gramsci, Antonio. Cuadernos de la cárcel.
Arismendi, Rodney. Problemas de una revolución continental.

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